“El llamado del ICBF a los padres es a que cuando ocurran estos casos, no se queden callados por temor a las amonestaciones. Lo primero que tienen que hacer es acudir a los centros de salud, lo peor que podemos hacer es que se agrave el impacto por un mal manejo de las situaciones”, aseguró la Directora General.
Según el Instituto Nacional de Salud (INS), durante el periodo de vigilancia epidemiológica entre 1 de diciembre de 2017 y el 14 de enero de 2018, se registraron 299 niños, niñas y adolescentes lesionados con pólvora. La mayoría de los casos se presentaron en Antioquia con 49 víctimas.
Le siguen Valle del Cauca con (37) casos, Cauca (23), Bogotá (19), Caldas (16), Córdoba (14), Nariño (13), Sucre (13), Cundinamarca (12), La Guajira (12), Bolívar (11), Norte de Santander (10), Atlántico (9), Tolima (9), Cesar (8), Magdalena (7), Boyacá (5), Caquetá (5), Santander (5), Putumayo (5), Risaralda (5), Huila (4), Arauca (2), Quindío y un caso en Meta.
La funcionaria señaló que Antioquia fue el departamento escogido para alertar sobre los riesgos del uso de la pólvora porque presentó el mayor número de casos por quemaduras en menores de edad en todo el país durante el último período de vigilancia epidemiológica. “En estas fiestas el mejor regalo que le podemos dar a los niños, niñas y adolescentes es cuidar su integridad y por eso, debemos mantenerlos alejados de la pólvora”, dijo.
“Desde el ICBF trabajamos con todas las entidades que hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF), a través de nuestras 33 regionales, desarrollando procesos pedagógicos y preventivos para que las familias de Colombia vivan una #FiestaSinPólvora”, añadió Juliana Pungiluppi.
Ruta de atención
1. Cuando un niño, niña o adolescente resulte afectado con pólvora deberá ser llevado a una institución de salud para recibir la atención médica.
2. El Instituto Nacional de Salud (INS) notificará el caso a los defensores del ICBF o los comisarios de familia que, como autoridades administrativas, verificarán los derechos del menor de edad afectado.
3. Cuando se detecte vulneración de derechos del menor de edad lesionado con pólvora, el defensor de familia o comisario dará apertura al Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) y dictará las medidas a que haya lugar.
4. La autoridad administrativa podrá interponer la denuncia penal en contra de los representantes legales del menor de edad.
5. En caso de fallecimiento, la autoridad administrativa deberá denunciar los hechos ante las entidades judiciales e iniciar la atención psicológica y social a la familia del menor de edad fallecido, al tiempo que realizará la verificación de derechos de los otros niños que se encuentren en el núcleo familiar, sí los hay. Es competencia de las autoridades iniciar los procesos sancionatorios a los padres o representantes legales, que van desde una sanción civil como talleres comunitarios, tareas de prevención y atención emergencia, o una sanción pecuniaria que implica el pago de hasta 5 salarios mínimos legales vigentes.