TENER EN CUENTA:
Los vehículos que tengan restricción y los visitantes que se encuentren en tránsito por Barranquilla, podrán circular solo ese día, portando y presentando el tiquete de peajes ubicados en las vías de acceso a la ciudad, con la fecha y hora de ingreso, la cual no debe exceder un periodo de tres (3) horas. Los conductores que tengan restricción y se encuentren en tránsito por Barranquilla y deban tomar la Avenida Circunvalar en toda su extensión, podrán hacerlo sin que se les aplique la restricción.
SANCIÓN:
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($468.589). Además, el vehículo será inmovilizado. Se le recuerda a la ciudadanía que los vehículos inmovilizados después de 5:00 de la tarde del viernes 25 de marzo de 2022, será entregados a partir del miércoles 30 de marzo de 2022, después de realizar los trámites correspondientes.
EXCEPCIONES:
Los que conforman la “caravana presidencial”. Los destinados para el uso y seguridad del alcalde Distrital de Barranquilla y Gobernadora del Departamento del Atlántico. Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional e Instituto Nacional Penitenciario (INPEC), utilizados para el transporte de sindicados y condenados. Las ambulancias, los vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias y atención médica o de salud, debidamente identificados.
Los vehículos adaptados para la conducción y transporte de personas con discapacidad. Los vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, debidamente identificados. Los vehículos destinados al control de tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla y de las aseguradoras que atienden siniestros y/o accidentes de tránsito, debidamente identificadas como tales.
Los vehículos destinados al control del sistema de transporte masivo SITM TRANSMETRO S.A.S., debidamente identificados. Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de vigilancia privada y de escolta, debidamente identificados como tales y durante la prestación del servicio. Los vehículos autorizados para el transporte de valores. Los vehículos de servicio oficial y diplomáticos. Los coches fúnebres. Los vehículos de servicio particular destinados para el transporte escolar, debidamente habilitados para tal efecto, siempre que se encuentre prestando el servicio para el cual está habilitado. Los vehículos con blindaje igual o superior al nivel tres (3). Los vehículos de los medios de comunicación debidamente identificados.
Los vehículos destinados para el transporte exclusivo de carga y descarga, durante la prestación del respectivo servicio. Incluye los vehículos que transportan elementos estructurales para montaje de palcos. “Invitamos a todos los conductores a tener en cuenta estas medidas que facilitaran nuestra movilidad en estos días tan importantes.
Así mismo, programar sus desplazamientos, si van a salir de la ciudad, hacerlo con suficiente tiempo, para evitar demoras y contratiempos y seguir las recomendaciones de nuestros orientadores de movilidad y Policía de Tránsito. Vivamos esta fiesta con tranquilidad y seamos responsables, si van a consumir alcohol, entreguen las llaves o usen transporte público, recuerden que su familia los espera”, declaró Ernesto Camargo Vargas, secretario de Tránsito y Seguridad Vial.