Según los hallazgos se definirá si hay lugar a los respectivos procesos sancionatorios.
Según el Decreto 780 de 2016 y la Ley 9 de 1979, las sanciones serían: amonestación, multas sucesivas hasta por la suma equivalente a 10.000 salarios diarios mínimos legales, suspensión o cancelación del registro y/o cierre temporal o definitivo de los servicios respectivos.
La Secretaría de Salud seguirá dando cumplimiento al proceso hasta tanto no se concilien y se reparen los hechos.
La dependencia distrital manifestó que es lamentable que estas situaciones tan sensibles se presenten y que, ante la emergencia mundial que estamos viviendo, es vital dar estricto cumplimiento a las orientaciones en el manejo, traslado y disposición final de cadáveres que ha impartido el Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de la emergencia mundial por COVID-19, para evitar que estos casos personales y delicados sigan causando heridas fuertes a las familias barranquilleras.