La nueva medida establece que el descuento del 10% queda disponible hasta el 31 de mayo y el descuento del 5% hasta el 30 de junio. Mientras que el 31 de julio será la fecha límite para pagar el impuesto sin incurrir en mora. A predios comerciales, industriales, lotes y otros de uso no habitacional no los acoge este beneficio.
Para los estratos residenciales 1 y 2 de la ciudad se mantienen los plazos modificados anteriormente en el Decreto 0393 del 19 de marzo: 10% de descuento para quienes paguen a más tardar el 31 de julio y 5% de descuento para quienes lo hagan hasta el 30 de septiembre de este año.
Esta decisión fue tomada por el alcalde tras escuchar las peticiones de la ciudadanía, que ha manifestado su preocupación ante los efectos que el aislamiento preventivo obligatorio, decretado por el Gobierno Nacional a raíz del COVID-19, va a generar en la economía de la mayoría de los hogares colombianos.
Sin embargo, el alcalde Pumarejo hace un llamado especial a todos aquellos contribuyentes que tienen la posibilidad de pagar en estos momentos: “Quien pueda pague sus impuestos lo más rápido posible, porque con esos recursos estamos pidiendo las casi 200 camas de UCI que necesitamos para cuando nuestros seres queridos se enfermen en Barranquilla, con esos recursos estamos llevando el complemento alimentario a todas las familias a las que les hemos pedido que se queden en casa y que son las más vulnerables de nuestra ciudad”.
Incluso, entre las diferentes formas que ha planteado la Administración Distrital para que los barranquilleros puedan aportar su granito de arena en medio de esta situación sin precedentes, a partir de este momento está disponible la opción de renunciar al descuento del 10% al momento de pagar el impuesto predial, es decir, hacer el pago por el 100%, dinero que se destinaría para los requerimientos de la emergencia.
Finalmente, el secretario de Hacienda, Gustavo Rocha Parra, recuerda que el Distrito también pone a disposición de todos los contribuyentes la alternativa de pago por cuotas sin intereses, a través de la página web de la Alcaldía www.barranquilla.gov.co en la ruta: Impuestos distritales / Impuesto Predial Unificado / Solicitar convenio de pago por cuotas. “Adicionalmente, pueden optar por la domiciliación, que consiste en autorizar al Distrito para que le debiten automáticamente de su cuenta de ahorros o corriente el pago mensual por cuotas, sin intereses y con un descuento especial del 2%”, agregó Rocha.