El documento, que comprende los 6 componentes obligatorios de un PEMP, cumplió con los requerimientos exigidos por el órgano nacional, que exaltó el compromiso de Barranquilla y la integralidad del trabajo de ambas secretarías al proponer un plan de conservación patrimonial dinámico, creativo y articulado con otros importantes proyectos de ciudad.
El Consejo Nacional de Patrimonio, además, enfatizó que apoyará a otras ciudades del país con la metodología implementada por el Distrito de Barranquilla para la elaboración su plan de protección.
Ahora sigue la tarea de construir la resolución de manera conjunta entre la Alcaldía Distrital y el Ministerio de Cultura para generar el acto administrativo que implementará el PEMP como una herramienta para la sostenibilidad y la conservación del patrimonio en los barrios mencionados.
“Estamos satisfechos del trabajo realizado. La elaboración de este PEMP es una de las metas consignadas en el Plan de Desarrollo para defender nuestro patrimonio y preservarlo, que los ciudadanos se apropien del mismo y que sea un sector atractivo para que nuestras acciones garanticen la funcionalidad social, medioambiental y económica, de manera sostenible”, celebró el alcalde Alejandro Char al recibir la noticia.
El área protegida, de acuerdo a la propuesta, es de 202,24 hectáreas y la zona de influencia es de 112,613 hectáreas.
Sobre la conservación de los inmuebles
Inicialmente en el área protegida se tenían 8 inmuebles en nivel 1, que es el máximo nivel de conservación. Durante el proceso de trabajo de formulación del PEMP se analizaron 21 inmuebles que subieron a nivel 1, lo que significa que hoy el sector tiene, en total, 29 inmuebles en nivel de conservación 1. Por otra parte, 693 inmuebles quedaron en nivel 2 y, finalmente, 881 en nivel 3.
En total son 3 niveles de intervención, que se explican en detalle en el decreto 763 de 2009, y de acuerdo a la cartilla PEMP se resumen así:
Nivel 1: Inmuebles individuales de excepcional valor, aplicable a los bienes de interés cultural de los ámbitos nacional, departamental, distrital o municipal.
Nivel 2: Inmuebles con características arquitectónicas representativas, en términos de implantación predial y urbana, volumen edificado, organización espacial y elementos ornamentales, entre otras características que deben ser conservadas.
Nivel 3: Inmuebles sin características arquitectónicas representativas que pueden ser susceptibles de demolición parcial o total. En este grupo se encuentran inmuebles compatibles e incompatibles con el contexto en el cual se inserta, así como los predios sin construir. Los desarrollos o intervenciones que se permitan en estos 2 últimos deberán tomar como condicionante su articulación en armonía con el contexto urbano.
¿Qué viene para los propietarios de inmuebles?
Los ciudadanos pueden acercarse a la Secretaría de Cultura, Patrimonio y Turismo, ubicada en la antigua Intendencia Fluvial, carrera 30 # 45-10, a la oficina del Grupo Interno de Trabajo de Patrimonio Cultural. Allí, con su dirección se ubica el inmueble y se determina a qué nivel de conservación corresponde. De acuerdo al nivel de conservación se les orientará sobre los diferentes tipos de obra permitidas.
Componente ambiental
El documento también contempla acciones para preservar y conservar el medio ambiente del sector con acciones específicas como:
• Redacción de un manual de arborización para el sector de los barrios El Prado, Bellavista y una parte de Altos del Prado.
• Redacción de un plan de arborización y mantenimiento de la vegetación.
• Recuperación y mantenimiento de parques y plazas en el sector.
• Recuperación y mantenimiento de antejardines.
• Integración con la estructura ecológica urbano – regional.
• Control y prevención de contaminación: vertimientos de aguas residuales y gestión local de los desechos sólidos. De esta manera el Distrito avanza en la meta de conservar, proteger y hacer sostenible el patrimonio material e inmaterial de la ciudad, a través de diferentes acciones encaminadas a la salvaguardia de los mismos.