El decreto incluye la modificación temporal únicamente para los días Jueves y Viernes Santo y agrega que está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y embriagantes en todo tipo de establecimientos comerciales durante la franja horaria que se encuentre por fuera del rango establecido.
Los establecimientos que violen las disposiciones establecidas en el decreto serán objeto de las medidas correctivas consignadas en el Codigo Nacional de Policía y Convivencia.
Entre los considerandos, el decreto expresa: Que tradicionalmente en Colombia la Semana Santa ha sido considerada una época dedicada a la oración, reflexión y sano esparcimiento; donde propios y visitantes participan de los diversos actos religiosos que se realizan en la ciudad y por ende se requiere adoptar medidas transitorias que garanticen la seguridad y tranquilidad de todas las personas que participen de los mismos.
El acto administrativo rige hasta el 30 de marzo de 2018 y modifica por el mismo lapso de tiempo y para las fechas señaladas las disposiciones horarias establecidas previamente en el decreto 0372 de 2013.
Las autoridades del Distrito estarán prestando vigilancia y atentas a la realización de los controles respectivos para garantizar la aplicación del decreto.
El documento fue firmado por el alcalde de Barranquilla Alejandro Char.