De acuerdo con Pumarejo, el único recurso que tienen los 11,6 millones de ciudadanos del Caribe para ver una rebaja sustancial en el consumo de energía es “que el Consejo de Estado entre a evaluar esas pretensiones y nos equilibren con el resto del país, porque hoy somos hijos de menos madre en el Caribe colombiano y pagamos más de la cuenta”.
El alcalde continuó su interpelación asegurando que lo que se vive en la costa es una “discriminación regional” y que a los caribeños “nos clavaron con un artículo en el Plan de Desarrollo pasado y que en este Plan de Desarrollo se mantuvo”.
“No nos queda más que decir que esperamos que el Consejo de Estado falle y falle rápido, y nos dé la razón porque hoy el Caribe colombiano está pagando más de lo que merece, no solo porque consume más, sino porque nos cobran de más en cada kilovatio/hora, por cuenta de una fórmula inequitativa en donde se habla de billones y billones de pesos en todo el país, pero aquí no son capaces de invertir 2 billones de pesos al año para arreglar la situación de la energía eléctrica para todos los ciudadanos del Caribe”, concluyó.
Sobre de la demanda
En la demanda, interpuesta en junio de 2022 y admitida en marzo de 2023, se solicita la declaratoria de nulidad de las resoluciones 010 de 2020 y 078 del 24 de junio de 2021 de la CREG, las cuales otorgan facultades y autorización a AIR E S.A.S. E.S.P. para que realice un cobro retroactivo a los usuarios por emolumentos de años anteriores a la fecha de entrada en vigencia de la resolución y que no se habían cobrado ni facturado antes.
Para adoptar esta decisión, los mandatarios de la región Caribe consideraron que dichas resoluciones violan los artículos 94 y 150 de la Ley 142 de 1994, así como el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019, teniendo en cuenta que no se permiten alzas destinadas a recuperar pérdidas patrimoniales porque la recuperación patrimonial deberá hacerse, exclusivamente, con nuevos aportes de capital de los socios, o con cargo a las reservas de la empresa o a sus nuevas utilidades. También, por permitir un incremento tarifario por conceptos que no están autorizados por el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019 (pérdida reconocida de energía).
El más reciente avance del proceso fue cuando la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, con consejero ponente Oswaldo Giraldo López, resolvió admitir la demanda, correr traslado del auto a la parte demandada para su contestación y que se remita el expediente administrativo. Asimismo, se le dio traslado por el término de cinco días hábiles para pronunciarse sobre la solicitud de medidas cautelares.
Efectos en el Caribe
La demanda apuntó a que el esquema regulatorio de la CREG derivó en un incremento acumulado de la tarifa plena del 62.5% -o si se compara con la llamada ‘Opción Tarifaria’, del 33.4%-, entre junio de 2021 y abril de 2022, ubicándose el mayor aumento en el componente de ‘pérdidas reconocidas’.
Por esa razón, la región Caribe quedó pagando las tarifas más caras en el país por el servicio de energía: un hogar de estrato uno de Bogotá paga, en promedio, $36.039; mientras que una familia del mismo estrato en Barranquilla, a causa de una mayor necesidad de consumo por las condiciones climáticas de la región y por el difícil efecto de tener la tarifa más alta de Colombia, recibe una factura promedio de $90.526.
Cabe destacar que la región Caribe tiene una condición particular debido a que se dan altas temperaturas, que naturalmente disparan el consumo energético y el costo del servicio de electricidad, a diferencia de otras regiones del interior del país.