Una vez radicada la carta, la Corporación asigna un funcionario quien realizará una visita al área especificada, para constatar que la justificación dada para la solicitud del permiso sea cierta. Una vez verificado, se procede a conceder el permiso o autorización de manera escrita y así se le da la facultad a los dueños del predio o solicitantes, de contratar a quien consideren para el realizar el corte de árbol.
Los árboles, aparte de contribuir al equilibrio ecológico, a la protección del hombre y al mejoramiento de su hábitat, se adapta a las características propias de los suelos de la ciudad, y su belleza y comportamiento están en armonía con el amoblamiento urbano y con el medio en general. Así mismo, brinda un aporte paisajístico, al bienestar físico y sociológico, a la recreación, la educación, descanso, calidad de aire, disipación del ruido, control de olores, protección de fuentes hídricas y mejoramiento de suelos, mitigación del cambio climático, provisión de hábitat y conservación de flora.
los criterios que los usuarios deben tener en cuenta para hacer la solicitud son los siguientes: en caso de deterioro del árbol, infección por insectos, si representa algún peligro para la sociedad por amenaza de caerse, o por producir grietas en los pisos en caso domiciliario, entre otras.
En lo que va corrido del 2013, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico –CRA ha concedido 90 permisos de árboles aislados en su jurisdicción.