El Presidente del Concejo de Barranquilla Juan Ospino Acuña, aclaró que esta iniciativa es de gran importancia porque refuerza la política de gestión de riesgo en el Distrito de Barranquilla tal como lo contempla la ley.
Así mismo se modificó el Parágrafo del Artículo 5° del Acuerdo 013 de 2015, el cual permitirá que las tarifas de Viviendas de los Estratos 1 y 2, las Viviendas de Interés Social, los Nuevos proyectos de Vivienda y todo tipo de vivienda urbana o rural cuyo valor total no supere Ciento Treinta y Cinco Salarios Mínimos Mensuales Vigentes (135 SMMV) sea de 0,75%.
En la misma vía se modificó el numeral 2 y se adicionó el numeral 4 al Artículo 98 del Estatuto Tributario Distrital, Decreto 180 de 2010, reenumerado por el Decreto 924 de 2011, que extenderá hasta el año 2050 inclusive, la construcción y adecuación de bienes inmuebles determinados como Bienes de Interés Cultural o de categoría de conservación histórica, arquitectónica o cultural y en especial en aquellos casos en que dichos inmuebles han sido cedidos por la Administración Distrital con estos fines a organizaciones sin ánimo de lucro o de carácter filantrópico, y específicamente el Centro Cultural Multipropósito previsto en el Acuerdo 032 del 30 de Diciembre de 2008, y las Instalaciones donde funcionan instituciones de Policía.
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