Tal como lo establece la LEY 136 DE 1994 en su artículo 25 el Concejo de Barranquilla integró sus comisiones permanentes encargadas de rendir informe para primer debate a los proyectos de acuerdo, según los asuntos o negocios de que éstas conozcan y el contenido del proyecto acorde con su propio reglamento, teniendo en cuenta además que todo concejal debe hacer parte de una comisión permanente y en ningún caso podrá pertenecer a dos o más comisiones.